Cuando se genere una nueva base de datos, su registro en el RNBD debe realizarse dentro de los dos (2) meses siguientes a su creación.
*Cambios Sustanciales: Son los que se relacionan con la finalidad de la base de datos, el Encargado del Tratamiento, los canales de atención al Titular, la clasificación o tipos de datos personales almacenados en cada base de datos, las medidas de seguridad de la información implementadas, la Política de Tratamiento de la Información y la transferencia y transmisión internacional de datos personales.